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jueves, 9 de enero de 2014

Cambio oficial de nombre

Hoy inicié el proceso formal para el cambio de nombre. Estoy muy emocionado; es interesante que el nombre en la cédula pesa más que el genero que marca.  Una vez que cambie mi nombre en la cédula, seguirá mi licencia de conducir, el pasaporte y las visas.

Les anoto los pasos a seguir:

1. Cita con abogado.
1.1  Me recomendaron al Licenciado Mario Mesén.  El señor Mesén tiene su oficina en la esquina sur del OIJ, y su teléfono es 2221-8751.  En su oficina, el abogado hace un escrito que luego uno tiene que presentar ante el Juzgado de Mayor Cuantía del lugar de tu lugar de residencia.  Yo vivo en Tres Rios, así que tengo que ir al de Cartago.
1.2. Llevar tu cédula.
1.3. Hay que llevar el nombre de 2 testigos, junto con su número de cédula, dirección y saber su profesión.  Los testigos NO tienen que ir con el abogado, vos nada más tenés que llevar esta información.
1.4. Pagar 50,000 colones al abogado.
1.5. Lean con cuidado el documento, asegúrense que los datos estén correctos. Yo tuve que ir dos veces a donde el abogado, por no fijarme. :/
Primera parte del escrito.


2. Obtener el certificado de nacimiento.
2.1. El certificado se obtiene en el Tribunal, en la sección de Certificaciones.  Primero se se cancela los timbres por 25 colones, y luego se solicita la certificación.  Tardé 30 minutos, súper fácil.

3. Registro de no antecedentes
3.1. Esto es lo que comúnmente llamamos la hoja de delincuencia.  Se debe de solicitar por internet, en la dirección. http://www.poder-judicial.go.cr/index.php/component/content/article/11-tramites/6-tramites-en-linea  Allí hacen click en SOLICITUD DE HOJA DE DELINCUENCIA, y luego en la opción de SOLICITUDES PERSONALES.  El documento lo retiran en el juzgado de menor cuantía que ustedes escojan.  Yo lo solicité 3 días antes de retirarlo, no sé cuánto duran en emitirlo (el sitio web no dice).

Luego de retirar mi hoja de delincuencia, les puedo decir que la solicitud en línea creo que no funciona.  Igual, lo hacen muy rápido, pero la genta nada más llega, entrega la cédula, y en 5 minutos tenía su documento.  Dan 2 documentos, y el procedimiento es gratuito.

4. Presentación de los papeles
4.1. En el Juzgado de Mayor Cuantía se presentan los papeles.  No tiene que ir nadie más, solo vos.  En 8 días, el Juzgado se estará comunicando para citarte a vos y a tus dos testigos.

En Cartago, los documentos se presentan en el primer piso. Hay una modulo designado para la recepción de papeles.  Lleven copia de los documentos para que se las firmen de recibido.

Y esperar.... En Cartago tardaron 12 días en darme una primera resolución.

5.  Ponerle precio
5.1. No entiendo el por qué, pero el juez solicitaba que se le indicara la cuantía de mi petición.  Tuve que ir con mi abogado para que hiciera otro papel indicando la cuantía; se le puso 3,000,000 (esto es en papel, nada más, no hay que pagar nada).  Además a ese papel hay que ponerle 2,000 colones en timbres de abogado y volverlo a presentar al juzgago.

6. Publicación del edicto
6.1. El juez aprobará el cambio de nombre, y como parte del procedimiento el juzgado emite un edicto que debe ser publicado en el boletin judicial, una única vez.  Para que esto suceda, se deben de seguir los siguientes pasos:
1) Que el juzgo envíe el edicto en formato digital a la Imprenta Nacional. En mí caso, este trámite se demoró 8 días.
2) Pueden verificar en la imprenta si el edicto ya fue enviado, por medio de un correo electrónico a: 'publicacionespro@imprenta.go.cr'  Además, ellos les dirán cuánto hay que pagar por la publicación.
3) El pago se puede hacer por medio de transferencia electrónica, tarjeta de crédito o en efectivo.
4) Ir a la Imprenta Nacional (La Uruca, detrás de Capris) y tramitar la publicación del edicto.
6.2. El monto de mí edicto fue de C10,870 colones
6.3. El edicto se publicará entre 8 y 12 días luego de hacer el pago.
6.4. Pueden estar revisando la publicación en: http://www.gaceta.go.cr/boletin/

7. Comunicado al Ministerio de Seguridad
7.1. Mi abogado notó que el Juzgado no había notificado al Ministerio de Seguridad, y por su experiencia, me dijo que esto podría atrasar el trámite.  Así que el abogado debió emitir una solicitud al juzgado para que notifique al Ministerio de Seguridad.
7.2. Hay que entregar esta solicitud en el mismo sitio en donde entregaron todos los papeles anteriores, más una copia del expediente.

8. Testigos
8.1. Mis dos testigos fueron convocados a declarar.  Ellas nada más tendrán que presentarse ante el Juzgado de Mayor Cuantía de Cartago, con sus cédulas y declarar que me conocen con el nombre de Cris, y que soy un tipo de buenas costumbres.

9. Emisión de la sentencia.
Inicié el proceso el 13 de enero, y aún no tengo nada definido, pero sé que va caminando.  Hay que estar visitando el juzgado, porque no hay servicio de notificación.  En teoría, yo espero que por ahí de mediados de mayo (4 meses después) el juzgao emita la sentencia con la que yo pueda ir al TSE a cambiar mis cédula de identidad.  Una vez cambiada la cédula, se puede hacer el cambio en el pasaporte, licencia y demás documentos.

10. Presentación de la sentencia ante el Registro Civil (TSE)...

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